Se entiende por Acoso Sexual Callejero a conductas físicas o verbales de naturaleza o connotación sexual, basadas en el género, identidad y/o orientación sexual, realizadas por una o más personas en contra de otra u otras, quienes no desean o rechazan estas conductas en tanto afectan su dignidad, sus derechos fundamentales como la libertad, integridad y libre tránsito, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo en los espacios públicos y en los espacios privados de acceso público.
En este marco, la Dirección General de la Mujer realizó la primera encuesta oficial sobre la problemática en la Ciudad de Buenos Aires.
El acoso callejero comienza al mismo tiempo que las mujeres empiezan a desarrollarse, sus primeros acercamientos a la sexualidad fueron de la mano de la violencia de hombres hacia su cuerpo femenino.
El espacio público que ha sido desde antaño reservado al hombre y vedado a las mujeres, es el lugar donde los hombres se sienten con derecho a "apropiarse" simbólicamente de la mujer con frases que las reducen a un simple objeto de su satisfacción personal, o a objetos que son admirados.
Las víctimas se retraen del espacio público y cuando deciden estar en él lo experimentan de modo desigual: recorren menos espacios, lo habitan con precaución, de un modo diferente y con menos libertad que los hombres o los recorren acompañadas por ellos, hecho que genera dependencia.
El acoso sexual callejero tiene consecuencias inmediatas sobre las víctimas que van desde la humillación, la degradación, la cosificación, hasta el temor y el daño psicológico.